La Corte Interamericana ha declarado la responsabilidad del Estado colombiano por las macabras violaciones perpetradas en febrero de 1997 en la cuenca del río Cacarica (municipio de Riosucio, Chocó).
Por: Gustavo Gallón
Tres mil quinientas personas fueron desplazadas como consecuencia de una acción coordinada entre paramilitares y Ejército. El día 28 de ese mes, los paramilitares aterrorizaron a la población decapitando sin piedad al campesino afrodescendiente Marino López Mena, luego de lo cual jugaron fútbol con su cabeza y arrojaron su cuerpo desmembrado al río.
La representación gubernamental ante la Corte se empeñó tozudamente en negar la responsabilidad oficial en los hechos. Alegó que nunca ha sido su política “trabajar en unidad de acción con los grupos de autodefensas ilegales, ni permitir o consentir por acción u omisión sus prácticas delictivas”. La sentencia (divulgada el pasado 27 de diciembre), con base en contundentes evidencias, le replicó que “la Corte concluye que en las acciones en la cuenca del río Cacarica se produjeron actos de colaboración entre integrantes de la fuerza pública que ejecutaron la ‘Operación Génesis’ y las unidades paramilitares que llevaron a cabo la ‘Operación Cacarica’” (párr. 280).
Así, declaró la responsabilidad del Estado por el asesinato y por el desplazamiento, pero también por no garantizar asistencia humanitaria y retorno seguro a las personas desplazadas (incluidos 234 niños) que permanecieron hacinadas en condiciones infrahumanas durante cerca de cuatro años. La defensa del Gobierno pretendió que no se le condenara por la usurpación y explotación de las tierras de Cacarica, porque no eran su culpa. La Corte le respondió que la destrucción de los hogares de los pobladores les causó una pérdida de sus condiciones básicas de existencia, “lo cual hace que la violación al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad”, y declaró al Estado responsable por las incursiones paramilitares que la causaron o propiciaron y por permitir la explotación ilegal de las tierras abandonadas.
Como el único condenado penalmente por estos hechos es el excomandante de la XVII Brigada Rito Alejo del Río (por sentencia de primera instancia dictada apenas en agosto de 2012), la Corte también declaró responsable al Estado “por no haber actuado con la debida diligencia en las investigaciones de los integrantes de la fuerza pública y de las relacionadas con las estructuras paramilitares” y no haber garantizado el cumplimiento de las sentencias de tutela dictadas para proteger las propiedades usurpadas.
Los abogados del Estado intentaron que la sentencia favoreciera solamente a doce personas desplazadas y a dos parientes del señor López. La Corte reconoció como víctimas a 372 personas, además de los familiares del señor López que acrediten su parentesco ante las autoridades nacionales.
Lo más grave no es solamente que esta estrategia de negación esté condenada al fracaso, sino que revela que la dirigencia estatal no escarmienta y no reconoce que estas violaciones y estos daños se han producido por políticas que hay que condenar y corregir de fondo: hay quienes siguen considerando héroe al excomandante de la XVII Brigada.
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