EDITORIAL El Espectador.
Aplastante, como se esperaba, la votación que el lunes pasado se dio en la Cámara de Representantes: el fuero militar fue aprobado con 103 contundentes votos de los congresistas (apenas seis de ellos se opusieron).
El fuero militar es una regulación que no existe en el mundo, o que ha tendido a desaparecer, o que está contemplada para delitos tan ininteligibles para los civiles como el de deserción o el de centinela. Acá, sin embargo, necesitamos 100 artículos completos para regularlo. Que estamos en guerra, dicen. Es posible. Pero no parece tan difícil establecer criterios claros para dividir a la justicia civil de la castrense. Hay dudas a veces, sí, pero en su mayoría son de procedimiento y no, como diría un abogado, de derecho sustantivo.
Y ahora estamos en otro escenario, uno en el que la justicia penal militar (su competencia, su campo de aplicación, sus múltiples vertientes y comisiones nuevas) está fortalecida. Lo que sí sería más grave, dentro de todo este escenario, es que un caso de justicia civil se colara por el boquete de la penal militar. ¿Pasará? Está por verse. Pero dudas sí hay. Mucho más allá de los “lugares comunes” en los que, según el ministro del Interior, Fernando Carrillo, caíamos sus críticos. Está, por ejemplo, el punto de las definiciones. La ley dice qué son un grupo armado, un blanco legítimo, un ataque y un objetivo militar. Más allá de si esto ya lo sabíamos o no (en un país que lleva cien años en guerra y múltiples tratados internacionales sobre ella firmados), resulta confuso el tema de los “civiles”.
Blanco legítimo es, claro, quien actúa directamente en el conflicto. Pero también, y esto es lo que sorprende, los civiles que participan en las hostilidades. ¿La campesina que da agua al guerrillero, por ejemplo? ¿Ella sería un “blanco legítimo”? Y de esta forma, con ejemplos menos extremos, todas esas zonas grises que se presentan en un conflicto armado.
Ahora, también se ha creado una institución nueva: para que no exista duda sobre la jurisdicción a la que debe ir un caso determinado se establecerá una Comisión Técnica de Coordinación, con tres miembros civiles elegidos por la Fiscalía y tres militares activos o en retiro. Suena preventiva la medida, pero puede incluso llegar a ser innecesaria. Un trámite burocrático más. La pregunta es la siguiente: ¿hace falta eso? ¿No es mejor tener una claridad legislativa? ¿No la había ya antes de esto?
Más allá de todo lo que significa el fuero militar, que es lo que ya han dicho opositores y promotores, nos parece que este largo articulado es más un saludo a la bandera. “Nuestros militares se sienten desprotegidos”, les oímos decir a los representantes del Gobierno una y otra vez. Pero si el país quiere seguir una senda de derechos humanos, las cosas tendrán que seguir haciéndose como siempre. ¿Para qué, entonces, tanto? ¿Y si tanto ocurrió con un fuero limitado, y tan poca justicia se impartió, podemos tener esperanzas de que con este fuero ampliado habrá mayor respeto a la reglas humanitarias? Permítannos ser escépticos.
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