Foto: SEMANA
Por Juan Diego Restrepo E.Ver más artículos de este autorOPINIÓN. Con tesis respaldadas en testimonios de exparamilitares, magistrado con funciones de control de garantías de Medellín negó la restitución de predios a 12 campesinos del Urabá antioqueño.
El
pasado lunes (21 de abril) tuve la oportunidad de estar presente en la
audiencia presidida por el magistrado Olimpo Castaño Quintero con
funciones de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz del
Tribunal Superior de Medellín, quien resolvía en ese momento un
incidente de reclamación
sobre 12 predios solicitados en restitución por 7
campesinos de la vereda Guacamayas, municipio de Turbo, Urabá
antioqueño. El caso estaba desde junio de 2012 en los estrados
judiciales.
Ese día, el magistrado Castaño
Quintero dio a conocer su decisión. Por más de cinco horas, se aplicó a
leer el texto en el que consignó detalladamente sus valoraciones sobre
los diversos testimonios, más de 50 durante el proceso, entre ellos
varios exparamilitares del Frente Arlex Hurtado, que operó en esa región
del departamento, así como de las pruebas documentales.
No
me voy a detener en los detalles, pues una lectura de ese nivel, sin
ningún tipo de receso, ofrece infinidad de aspectos que podrían
referenciarse. Lo que sí es importante destacar es que el magistrado
Castaño Quintero negó la restitución de los predios a los 7 campesinos y
confirmó que la posesión jurídica y material que ejerce hoy una empresa
de Medellín está ajustada a derecho.
Lo
preocupante de esta decisión no son los términos de “mentiroso” y
“falaz” con los que calificó el magistrado al reclamante de tierras
Carlos Páez Díaz, quien además es representante legal de Tierra y Vida,
organización que agrupa a cientos de campesinos del país que reclaman
tierras despojadas por grupos armados ilegales durante buena parte de la
década del 90.
El doble filo de este fallo
radica en algunos de los argumentos con los cuales justificó su decisión
de no restituir los predios a los campesinos, entre ellos el alto nivel
de veracidad que le dio a las versiones de los exparamilitares Raúl
Hasbún Mendoza, postulado a los beneficios de la Ley 975 y excomandante
del Frente Arlex Hurtado, y a Dalson López Simanca, su segundo al mando.
En
distintos momentos de este proceso, Hasbún Mendoza y López Simanca
negaron que la estructura armada bajo su mando obligara a desplazar a la
población campesina que poblaba la zona de Guacamayas con el fin de
comprarles sus tierras a bajo precio; también rechazaron el señalamiento
de favorecer a comisionistas que llegaron a la región a finales de la
década del noventa; desestimaron las acusaciones de actuar de manera
conjunta con los inversionistas; y negaron cualquier vínculo con los
empresarios que hoy tienen los predios. “No éramos comisionistas de
tierras, el que quería vender, vendía; el que quería comprar, compraba.
No era problema de nosotros si vendían o compraban tierras”, aseveró
Hasbún Mendoza en una de sus declaraciones en los estrados judiciales
durante este proceso.
Al valorar los
testimonios de los exparamilitares, el magistrado Castaño Quintero fue
claro al resaltar que merecían total credibilidad, no así las versiones
dadas por los campesinos reclamantes. “Ninguna razón válida tiene esta
magistratura para dudar de la veracidad y seriedad de lo declarado por
los postulados Raúl Emilio Hasbún Dalson López Simanca, pues no obstante
su condición de exintegrantes de un grupo armado al margen de la ley,
sus deponencias fueron claras y se acoplan bien con otros medios de
convicción ya valorados”, conceptuó el togado.
En
su exposición, hizo dos preguntas para aclarar el asunto. La primera de
ellas fue: “¿qué interés pueden tener estos aspirantes a los beneficios
de Justicia y Paz y los postulados involucrados en este asunto de
mentir entorno a los supuestos de este incidente, pues con esa actitud
los únicos perjudicados serían ellos mismos?”; y la segunda: “¿qué
sentido tendría mentir respecto de este presunto despojo de tierras de
las fincas objeto de este trámite de restitución cuando a lo largo de
sus versiones y audiencias han confesado multiplicidad de hechos
criminales de mucha mayor gravedad?”.
Una vez
planteadas las preguntas, el magistrado mismo las resolvió así: “La
respuesta surge diáfana: ningún interés particular pueden tener en
negar, si en verdad así ha ocurrido, que despojaron de manera violenta y
contra su voluntad a los hoy reclamantes de sus tierras porque mentir
en algo tan sencillo y elemental bien podría traerle consecuencias
graves que llegarían, incluso, a la pérdida de los beneficios que puedan
obtener a través de la Ley 975 de 2005”.
Planteada
de esa manera, la decisión tiene un filo que podría usarse contra los
ganaderos y bananeros a los que ha hecho alusión Hasbún Mendoza en
diferentes versiones ante los fiscales de la Unidad de Justicia y Paz
como financiadores “voluntarios” de grupos paramilitares en Urabá, pues,
según la tesis del magistrado Castaño Quintero, su credibilidad no
admite dudas. Siguiendo esa tesis, todos esos empresarios deberían estar
siendo procesados penalmente. La realidad ha demostrado lo contrario y
revela la gran contradicción de la justicia. En uno de los pocos casos
juzgados, el empresario Guillermo Gaviria Echeverri, papá del Alcalde de
Medellín, Aníbal Gaviria Correa, fue absuelto de toda responsabilidad
en la financiación de grupos armados al margen de la ley.
El
otro filo de la decisión tiene que ver con los procesos de restitución
de predios. Si la interpretación de las versiones de los postulados que
hace el magistrado Castaño Quintero hace carrera en los estrados
judiciales en el país, entonces los campesinos reclamantes perderán
todos sus casos, pues sus testimonios se verán enfrentados a los de los
exparamilitares, quienes, al tenor de lo conceptuado por este togado, no
mienten para evitar la pérdida de beneficios que les otorga la Ley 975
de 2005.
Finalmente, si esta tesis se impone
también tendría un efecto funesto en el tema de impunidad, pues aquellos
comisionistas e inversionistas que sí se apalancaron en las
Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) para hacerse a tierras productivas
no tendrían responsabilidad penal alguna, pues con el solo dicho de un
exjefe paramilitar postulado a las normas de justicia transicional de
que no se conocían y no tuvieron contacto con ellos, quedarían exentos
de toda culpa. Una grieta acaba de abrirse en los procesos de
restitución de tierras en el país y será la Corte Suprema de Justicia la
que determine si es válido o no este camino jurídico para resolver
asuntos relacionados con despojos.
En Twitter: @jdrestrepoe
*Periodista y docente universitario.
Publicar un comentario