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Por la paz, la democratización real y la reconciliación nacional
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La Habana, Cuba, sede de los diálogos de paz, diciembre 20 de 2013
Durante estos días hemos escuchado en la Mesa de conversaciones a expertos en el tema “solución al problema de las drogas ilícitas”.
La ronda se inició con altos funcionarios de la oficina de Naciones
Unidas Contra las Drogas y el Delito, conocedores, ante todo, del
problemático asunto del lavado de activos y de la captación de ganancias
criminales por parte del sector financiero, protagonista principal,
casi nunca mencionado, del flagelo del narcotráfico.
A través del Centro de Pensamiento de la
Universidad Nacional, expusieron sus visiones en torno al asunto, los
profesores, Darío Fajardo, Ricardo Vargas, Francisco Thoumi, Rodrigo
Uprimny y Alfredo Molano.
Las FARC-EP agradecen públicamente los
inmensos aportes teóricos de estos académicos y las experiencias
transmitidas por campesinos del Meta, Guaviare y Cauca, que con
optimismo vinieron a La Habana a contribuir en la construcción de un
acuerdo de paz.
Aprovechamos este cierre de ciclo para
agradecer también las propuestas que el pueblo colombiano nos aproximó a
través de los foros que sobre el tema en discusión se hicieron en
Bogotá y San José del Guaviare, los cuales confirman que la estrategia
antidrogas del gobierno, que pone énfasis en prácticas de erradicación
forzada y fumigaciones aéreas, es un fracaso.
Todos los estudiosos coinciden en que
esta política solamente ha servido para hacerles más rentable el negocio
a los narcotraficantes y banqueros corruptos, porque si bien se han
reducido los cultivos, al mismo tiempo se ha aumentado su productividad,
mientras crece la miseria de los campesinos cultivadores.
Con la perversa excusa de la lucha
contra el narcotráfico, no se debe seguir haciendo la guerra a las
comunidades rurales solo para despojarlas de la tierra y seguirle
abriendo paso a las multinacionales que saquean las riquezas de muestro
país.
Si en verdad se quiere dar solución al
fenómeno de los cultivos de uso ilícito se debe comenzar por entender
que este es un problema social; es la miseria impuesta por la política
neoliberal del régimen la que ha empujado a una inmensa masa de pobres a
tener que sobrevivir vinculándose a ésta y otras economías ilegales. Y
no debemos olvidar nunca que en el fondo de esta triste historia está
presente el problema no resuelto de la reforma agraria.
Así las cosas, el tratamiento punitivo y
militar que reciben los pobres del campo es otra perversidad de quienes
desde el régimen siguen acaparando la tierra, extranjerizándola, en
detrimento de la soberanía nacional y el bienestar de las mayorías. El
país entero debe exigir la reforma agraria inmediata que acabe con el
latifundio, redistribuya, restituya y formalice la propiedad de la
tierra en beneficio de las inmensas masas rurales, respecto a las que
cada día es más urgente destinar verdaderos programas, no de
consolidación militar, sino de inversión social, que les lleve por fin
la vivienda digna, la salud, la educación, y el buen vivir en general.
Estamos absolutamente seguros que
concertar con las comunidades y entregar la tierra y posibilidades
dignas de existencia a las gentes del campo, es la mejor manera de
sacarlos de cualquier práctica ilegal de producción. Por eso conminamos
al gobierno a que, como parte de una efectiva reforma agraria, se
comience por entregar el millón de hectáreas de tierra que acaparó
violentamente el paramilitar esmeraldero, Víctor Carranza. En la misma
dinámica, que prosiga sin temor, destinando al menos 20 millones de
hectáreas de los 40 (tercera parte del territorio nacional) que han
acumulado los latifundistas ganaderos mediante prácticas de despojo y
muerte.
No queremos cambios cosméticos, sino
reformas estructurales que el pueblo deberá refrendar asumiendo de
manera plena su poder creador y su condición de soberano, para lo cual
no hay manera diferente que la realización de una Constituyente.
En tal sentido las FARC-EP no quieren
terminar este ciclo sin presentar a consideración del país sus Doce
propuestas mínimas para una Asamblea Nacional Constituyente para la paz,
la democratización real y la reconciliación nacional.
1. Proceso de paz y poder constituyente.
En consideración a la oportunidad
histórica sin igual de un Acuerdo final que permita avanzar hacia la
construcción del noble propósito de la paz con justicia social, la
democratización real y la reconciliación nacional; de dejar a un lado
las fuerzas militaristas y de ultraderecha empecinadas en una
prolongación indefinida de la confrontación armada; de dotar dicho
Acuerdo con la mayor participación social y popular y legitimidad
posible, se apelará a la voluntad del pueblo soberano, al poder
intrínseco del constituyente primario y soberano. Todo ello, en
consonancia con lo señalado en el preámbulo del “Acuerdo General para la
Terminación del Conflicto, firmado por las FARC-EP y el Gobierno
nacional”, el 26 de agosto de 2012, cuando estipula que “la construcción
de la paz es un asunto de la sociedad en su conjunto que requiere de la
participación de todos (…)”.
2. Convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente para la paz.
Se convocará la Asamblea Nacional Constituyente como máxima expresión del constituyente primario y soberano.
3. Gran acuerdo político nacional para una Asamblea Nacional Constituyente.
La convocatoria se fundará en un “Gran
Acuerdo político nacional para una Asamblea Nacional Constituyente”,
concebido como expresión de la voluntad política colectiva y del
compromiso de las fuerzas políticas, económicas, sociales y culturales
de la Nación para contribuir a la construcción de un Acuerdo final. El
propósito del mencionado gran acuerdo consiste en darle viabilidad
jurídica y política a la iniciativa; establecer los criterios para el
logro de la más amplia movilización y participación social y popular;
concertar propósito y principios, naturaleza, composición, materia y
alcances legislativos de la Asamblea, sin perjuicio de las definiciones
propias del constituyente soberano. El “Gran Acuerdo político nacional”
se comprende como una expresión elevada de la participación social en la
construcción del Acuerdo final…
4. Movilización social por una Asamblea Nacional Constituyente.
Para tal efecto, se activarán los
dispositivos comunicacionales a que hubiere lugar, incluida su
financiación. De manera especial, se estimulará la participación de los
sectores sociales excluidos, discriminados y segregados, comprendidas
las comunidades campesinas, indígenas y afro descendientes. La
generación de condiciones para transitar hacia la paz con justicia
social exige la mayor legitimidad.
5. Poderes públicos y Asamblea Nacional Constituyente.
En el entendido de que el alzamiento
armado no ha sido contra algún gobierno en particular, sino contra el
Estado en su conjunto, el “Gran acuerdo político nacional” debe
comprometer a todos los poderes públicos, sin perjuicio de las
facultades y funciones que les han sido conferidos. La convocatoria y
realización de una Asamblea Nacional Constituyente han de ser expresivas
de una voluntad de Estado en la búsqueda de un bien común mayor: la paz
con justicia social, estable y duradera.
6. Diseños normativos.
En reconocimiento del origen político
del derecho, harán parte del “Gran acuerdo político nacional” los
diseños normativos, incluidos las reformas, el procedimiento y los
tiempos a que hubiere lugar, para darle una viabilidad jurídica y
política a la convocatoria y realización de una Asamblea Nacional
Constituyente.
7. Propósito y principios.
1. Definir los fundamentos normativos para la reconciliación nacional y una paz con justicia social, estable y duradera.
2. Preservar y reafirmar el compromiso con el catálogo de derechos de la Constitución de 1991, incluido el reconocimiento de los derechos de las minorías y de las comunidades indígenas y afro descendientes.
3. Sentar las bases normativas para una profundización real de la democracia política, económica, social y cultural.
4. Reafirmar los principios universales de soberanía y autodeterminación en lo concerniente a la búsqueda de alternativas entre el bien común de la paz y la denominada justicia transicional.
2. Preservar y reafirmar el compromiso con el catálogo de derechos de la Constitución de 1991, incluido el reconocimiento de los derechos de las minorías y de las comunidades indígenas y afro descendientes.
3. Sentar las bases normativas para una profundización real de la democracia política, económica, social y cultural.
4. Reafirmar los principios universales de soberanía y autodeterminación en lo concerniente a la búsqueda de alternativas entre el bien común de la paz y la denominada justicia transicional.
… La Constitución que surja del proceso
constituyente será el verdadero Tratado de paz, justo y vinculante, que
funde nuestra reconciliación y rija el destino de la nación colombiana.
8. Naturaleza de la Asamblea Nacional Constituyente.
La Asamblea Nacional Constituyente posee
un doble carácter. Es una Asamblea de refrendación de acuerdos, en la
medida en que éstos comprometan el orden constitucional vigente o de
acuerdos no logrados en la Mesa de diálogos, frente a lo cual se
atenderá la voluntad del constituyente primario y soberano. La Asamblea
es también de proyección y expansión democrática real de asuntos
propuestos por el constituyente primario y soberano. En todo caso, al
momento de refrendación de la ley de convocatoria de la Asamblea
Nacional Constituyente también se someterán a consideración los temas
que hayan sido acordados entre el Gobierno y las FARC-EP. Dichos temas
no serán objeto de estudio por parte de la Asamblea.
9. Composición.
Las Asamblea Nacional Constituyente será
conformada con 141 integrantes; combina un carácter estamental,
asignando cuotas de participación, con uno de elección general. Con
miras a garantizar la más amplia participación social y popular y la
mayor representatividad y legitimidad posibles, la Asamblea estará
compuesta por representantes de las fuerzas guerrilleras que se han
encontrado en la condición de alzamiento armado contra el Estado, en
número que será definido como parte de un eventual Acuerdo final; por
representantes de las comunidades campesinas, indígenas y afro
descendientes, por representantes de los trabajadores organizados; de
las víctimas del conflicto; de las mujeres organizadas; de los
estudiantes organizados; de las comunidades LGTBI; de los militares
retirados; de los nacionales residentes, refugiados, o exiliados en el
exterior; y el resto, por representantes de las fuerzas políticas,
económicas y sociales de la Nación.
10. Designación y elección de los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente.
Los miembros de la Asamblea Nacional
Constituyente serán escogidos por designación directa o mediante
elección popular, según el caso. Los miembros designados de manera
directa corresponden a las fuerzas guerrilleras que se han encontrado en
la condición de alzamiento armado contra el Estado. La designación
directa se ejerce en representación de la totalidad de los combatientes,
como reconocimiento y parte del tránsito al ejercicio pleno de la
política, y en atención a las previsibles condiciones de asimetría en la
competencia política. Los miembros escogidos mediante elección popular
serán de dos tipos. Los electos en circunscripciones especiales, las
cuales serán creadas en reconocimiento de una historia de exclusión,
segregación y abandono estatal, y de la asimetría en la competencia
electoral. Las circunscripciones especiales se les concederán a las
comunidades campesinas, indígenas y afro descendientes, a los
trabajadores organizados, a las víctimas del conflicto, a las mujeres
organizadas, a los estudiantes organizados, a la comunidad LGTBI, a los
nacionales residentes, refugiados o exiliados en el exterior. Asimismo, a
los militares retirados. Los demás miembros de la Asamblea serán
escogidos a través de elección general y directa.
11. Materia de la Asamblea Nacional Constituyente.
Sin perjuicio de las definiciones
propias de la Asamblea Nacional Constituyente, la materia de la Asamblea
será concertada en el marco del “Gran Acuerdo político nacional”. En
todo caso, se trata de perfeccionar diseños actuales inconclusos,
incorporar nuevos y contener cláusulas pétreas en materia de derechos
fundamentales y de reconocimiento de derechos de comunidades indígenas y
afro descendientes. La Asamblea se ocupará de igual manera de los temas
que no hayan sido objeto de acuerdo en la Mesa de Conversaciones.
12. Alcances legislativos.
Los eventuales alcances legislativos de
la Asamblea Nacional Constituyente, a través de leyes orgánicas, de
leyes marco, o de leyes estatutarias, según el caso, en aquellas
materias que contribuyan a la consolidación de un verdadero Estado
social y democrático de derecho y propicien una mayor democratización
política, económica, social y cultural de la Nación, serán definidos por
la propia Asamblea en sus deliberaciones, atendiendo los propósitos y
principios del “Gran Acuerdo político nacional”. Si a ello se llegare,
se conformará por un período preciso un cuerpo legislativo especial,
cuya composición será determinada por la propia Asamblea.
Le deseamos al país una navidad y un fin
de año en familia, llenos de tranquilidad y esperanzas. A nuestros
guerrilleros y guerrilleras, milicianos y militantes clandestinos, y a
nuestros prisioneros en las cárceles del régimen, mucha fuerza, mucha
inteligencia; arrojo, combatividad y certeza en que el futuro será del
pueblo. Hemos jurado vencer, y venceremos.
DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP
URL corto: http://j.mp/1dWVHLo
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