El 29 de mayo de 2013 era el día fijado por el Presidente Juan Manuel Santos, luego de varios aplazamientos, para realizar el acto de retractación de las calumnias proferidas por el alto gobierno contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y para formular un plan dirigido a evitar señalamientos en el futuro contra esa misma población, según una orden emanada de la Corte Constitucional en su Auto No. 164 del 18 de diciembre de 2012, auto que a su vez se apoyaba en la Sentencia T-1025 de 2007 de la misma Corte. Desde el primer contacto con el Ministerio del Interior, encargado por la Corte para “coordinar y poner en marcha” el acto, la Comunidad de Paz dejó en claro que solamente sería receptiva a una retractación si era presentada por el Jefe del Estado, ya que quien había destruido su honra y la había sometido a escarnio nacional e internacional desde evidentes falsedades y desde los más sucios procederes, había sido alguien que ejercía esa posición de gobierno, lo que elevaba al máximo su gravedad, y lo menos que podía exigirse era respetar la proporcionalidad elemental entre agresor y revocador. Se le confirmó repetidas veces a la Comunidad que el Presidente presentaría la retractación y entonces la Comunidad designó a 32 de sus miembros para participar en el acto en Bogotá. Estando ya la delegación en Bogotá y faltando muy escasas horas para la ceremonia, se le avisó a la Comunidad que el Presidente no la presentaría. La Comunidad se negó entonces a participar en el acto y consideró el episodio como una agresión más que se sumaba a la ya enorme cadena de afrentas en que se desconocen y pisotean sus derechos.
El texto siguiente había sido escrito para el acto de retractación. Posteriormente sólo hubo que destemporalizar los verbos y trasladarlos al modo potencial o hipotético, a falta, en castellano, de un modo verbal que exprese una potencialidad frustrada.
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