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Estos son los señalamientos contra Santiago Uribe por "Los 12 Apóstoles"

Written By Unknown on miércoles, octubre 26, 2016 | miércoles, octubre 26, 2016

Santiago Uribe se encuentra preso desde el pasado 29 de febrero. / Archivo
Fiscalía sostuvo que el hermano del expresidente Uribe manejó la “lista negra”, en la que ponían los nombres de las víctimas del grupo paramilitar.
Por: Redacción Judicial - El Espectador

En 206 páginas, en las que se resumen las declaraciones de más de una decena de testigos y se recopilaron informes de la década de los noventa, la Fiscalía lanzó frases contundentes para llamar a juicio a Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Por haber conformado hace más de 26 años el grupo Los Doce Apóstoles, señalados de cometer entre 1990 y 1998 al menos 533 homicidios –entre ellos el de Camilo Barrientos, un conductor de un bus escalera que murió en febrero de 1994–, es que irá ante un juez Santiago Uribe, que para la época de los hechos era dueño de la hacienda La Carolina, el centro de operaciones de la estructura paramilitar. (Lea: Santiago Uribe, a juicio por caso de "Los 12 Apóstoles")
“En los primeros años de la década de los noventa habría conformado y dirigido desde la Hacienda La Carolina, en el municipio de Yarumal (Antioquia) un grupo armado ilegal que se estructuró con el propósito de ejecutar una política de exterminio en contra de quienes eran considerados como indeseables sociales”, se lee en el documento. Asimismo, se explicó que en los primeros años el grupo se llamó Autodefensa del Norte Lechero de Antioquia, pero que cambió de nombre a los Doce Apóstoles cuando la población se enteró que uno de sus líderes era el cura Gonzalo Palacio, sacerdote de Yarumal. (Lea: Los detalles del caso Santiago Uribe)
En la decisión, la Fiscalía desestimó las peticiones de la Procuraduría y la defensa de Santiago Uribe, quienes pidieron cerrar el caso pro falta de pruebas y porque, supuestamente, los testigos no eran más que unos mentirosos. El Ministerio Público sostuvo que si bien no se ponía en duda la existencia del grupo los Doce Apóstoles y el homicidio de Camilo Barrientos, las pruebas para vincular al hermano del expresidente Uribe eran “precarias, débiles e incapaces de estructurar la responsabilidad penal”. (Lea Proceso contra Santiago Uribe está basado en testigos falaces y locos: Defensa)
La primera frase de la Fiscalía para establecer la gravedad de los hechos y desestimar las pretensiones de la defensa y la Procuraduría, fue que los crímenes de Los Doce Apóstoles, y por ende por los que acusaban a Santiago Uribe, eran delitos de lesa humanidad: “estamos en presencia de dos conductas punibles de lesa humanidad en la medida en que ellas se enmarcan en un repudiable entorno de macrocriminalidad integrado por ataques generalizados, sistemáticos e inhumanos en contra de la población civil por razones claramente discriminatorias, que condujeron a inaceptables operaciones de “limpieza social”, cuyo sujeto pasivo fueron específicos integrantes de núcleos sociales de la comunidad del norte de Antioquia”.
Además, en el documento el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Carlos Iban Mejía, planteó que el modus operandi en la “campaña de exterminio” de Los Doce Apóstoles consistía en señalar previamente a sus víctimas y ponerlas en una “lista negra”: “Identificaban a los supuestos auxiliadores, simpatizantes o financiadores de las guerrillas y con los nombres de drogadictos, ladrones, prostitutas, microexpendedores o enfermos mentales, construyeron largas y permanentes “listas” de quienes finalmente fueron asesinados. Se arribó a la conclusión que no eran incidentes aislados, sino parte de una política de exterminio (…) Santiago Uribe Vélez manejó la “lista negra" de futuras víctimas dentro de la cual incluyó a Camilo Barrientos, para luego disponer su ejecutó por su probada vinculación con grupos subversivos”, concluyó la Fiscalía.
En la resolución de acusación se explicó que entre las pruebas principales hay cinco informes emitidos a principios de los 90 por organizaciones no gubernamentales –como Amnistía internacional– y por autoridades –como la Fiscalía de Antioquia, el CTI y la Procuraduría– que alertaban el incremento de homicidios relacionados con una supuesta “limpieza social”. “Con el concurso de la fuerza pública, cegaron la vida de un importante número de personas de manera generalizada y sistemática, por pertenecer a sectores de la sociedad que desde su concepción política e ideológica consideraban indeseables, categoría dentro de la cual identificaron guerrilleros y colaboradores de éstos, ladrones, extorsionistas, secuestradores, expendedores o consumidores de estupefacientes, entre otros”, se lee en el documento.
Frente a las críticas que la defensa hizo contra testigos claves del caso, la Fiscalía precisó que no existe ningún indicio para considerar que están diciendo mentiras. Por ejemplo, en lo relacionado con el patrullero de la Policía Alexánder Amaya, quien fue el chofer del mayor (r) Juan Carlos Meneses –otro de los testigos principales y quien fue comandante de Policía de Yarumal–, señaló que gracias a sus testimonios en 1996 fue que se logró vincular al proceso de Los Doce Apóstoles a Santiago Uribe.
Amaya Vargas, quien declaró en dos oportunidades en 1996 bajo la figura de testigo con reserva de identidad –al igual que otras seis personas–, que fue testigo de las reuniones que se realizaron en la finca La Carolina. “Contrario a los reproches de la defensa técnica y también del Ministerio Público, estuvo en la reunión acunada en la hacienda La Carolina, en la que habrían participado Santiago Uribe Vélez, Álvaro Vásquez Arroyave, Juan Carlos Meneses Quintero, alias “Rodrigo” y alias “Pelo de chanta”.
“Lo que no puede aceptar la Fiscalía las descalificaciones infundadas, de las cuales se está frente un testigo que no puede dársele credibilidad porque en pretérita decisión de la Fiscalía fue cuestionado o condenado por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yarumal. En relación con el primer aspecto, pareciera que los quejosos no consultaron el texto de la resolución a través de la cual se resolvió la situación jurídica, donde fueron amplias las consideraciones en torno al desatino del fiscal de la época y la forma ligera como valoró esta prueba o que ya vinculaba gravemente al señor Uribe Vélez”, puntualizó la Fiscalía. Sin embargo, también manifestó: “La Fiscalía no desconoce la existencia física de éstos y otros procedimientos en los que dicho ciudadano pudo asumir como estrategia defensiva faltar a la verdad.
En el caso del mayor (r) Juan Carlos Meneses dijo que, a pesar de haber guardado silencio desde que se retiró de la Policía en 2004, por ser víctima de amenazas y seguimientos, sus afirmaciones en 2010 ante la justicia no fueron las primeras contra Santiago Uribe, ya que el 3 de julio de 2001 se presentó ante un notario de Buga (Valle del Cauca) para rendir una declaración extrajuicio. “Son afirmaciones que resultan creíbles por su convergencia y lógica espacio temporal, pero también porque fueron difundidas por quien precisamente participó, por acción o por omisión, en la realización de múltiples conductas punibles. Además porque, sobre todo, han encontrado respaldo documental y testimonial”, indicó la Fiscalía.
El testigo al que la defensa tildó de “esquizofrénico” y mentiroso fue Eunicio Pineda Luján, un hombre que trabajó en una finca vecina a La Carolina y que huyó porque, supuestamente, lo iban a matar por conocer detalles de cómo operaban Los Doce Apóstoles. Según la Fiscalía, Medicina Legal comprobó que no tenía fallas en la memoria, pensaba lógicamente, sufría de paranoia de persecución, su relato es congruente y su juicio y racionamiento están conservados.
La Fiscalía revivió una declaración que rindió en España en mayo de 2015 en la que recuerda cómo lo torturaron: “Revive, en medio del llanto, como de regreso a su casa, en inmediación de la hacienda La Carolina, pararon el bus en el que iba y hombres con gorro de lana verde lo bajaron, internaron en el bosque, lo tildaron de “sapo”, lo ultrajaron, golpearon. “Pelusa” y “Rodrigo” le sacaron lo dientes con un alicate y luego le indicaron que corriera para dispararle por la espalda, herirlo en el brazo y ultimarlo. No obstante, logró evadir a sus agresores y luego de ocultarse toda la noche salió a la vía principal, por el sector de la empresa de champiñones y pudo tomar transporte hacia la ciudad de Medellín”.
A propósito de las críticas de la defensa y Ministerio Público por el silencio del testigo por casi 20 años, no es tarea sencilla la Fiscalía explicar las sugerencias e interrogantes de los sujetos procesales (...) Surge con claridad que los hechos acaecidos en la primera mitad de la década de los años noventa se caracterizaron por la impunidad, derivada del silencio obligado de las víctimas por el temor que le profesaban a sus verdugos, muchos de los cuales aún continúan en la región. Ese ambiente de miedo, silencio, impunidad y falta de garantías, seguramente fue el que se superó por parte de este testigo, con el apoyo de organizaciones no gubernamentales parar delatar el homicidio de alias “Gavilán”, sino todo un conjunto de atrocidades que cometieron Los Doce Apóstoles (…) El análisis en conjunto de las versiones ofrecidas por Eunicio Alfonso Pineda Luján, vistas en el contexto probatorio, se constituyen en prueba directa del compromiso penal contra Santiago Uribe”, manifestó la Fiscalía. (Lea: La impunidad de los 12 Apóstoles). 
En la resolución de acusación se expone que tampoco se puede ignorar que la Fiscalía, para sustentar la medida de aseguramiento, expuso que existía “evidencia sobre la interferencia de Santiago Uribe Vélez, por interpuestas personas, para controlar los resultados de las investigaciones penales a favor de otros miembros de la organización armada y como estrategia para garantizar su silencio. Así lo ha declarado dentro de este expediente el propio Juan Carlos Meneses Quintero, favorecido con esa intervención.
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