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Terminacion del conflicto armado interno en Colombia y la aplicación de la justicia transicional

Written By Unknown on lunes, diciembre 19, 2016 | lunes, diciembre 19, 2016



El conflicto armado interno en Colombia. Sus origenes y desarrollo.Un somero repaso desde el inicio de vida republicana e independiente en Colombia nos ubica en un escenario permanente de guerras intestinas durante el siglo XIX.
En Latinoamérica confluyeron los estadios esclavista, feudal y de nacimiento del capitalismo, a diferencia de las naciones europeas. Explicable, puesto que nada se da en el desarrollo social de manera mecánica, sino dialéctica. Pero la institucionalidad feudal en Colombia era aterradoramente arraigada. Dos mentalidades reales encarnadas en dos personajes de nuestra historia signaron la lucha ideológica-política: la del General Santander, con la presencia en zonas dominadas o de influencia de los reynosos (los que seguían dando vivas al Rey), hacedores del mantenimiento del espíritu feudal, latifundista y terrateniente; de avanzada vanguardia en la institucionalidad legal de entonces y la del Libertador Simón Bolívar, interprete objetivo de la realidad y curso histórico en que le correspondió vivir, de una visión geopolítica y estratégica inspirada en la integración latinoamericana , fuente del actual Derecho comunitario o de naciones.
Una metodología disciplinada de esas dos vertientes (presentes siempre en las dos facciones en guerras fratricidas) nos facilita la comprensión de la convulsionada y entonces naciente Republica de Colombia. Fue así como se llegó al Siglo XX en guerra, con la Guerra de Los Mil Días y transcurre el Siglo XX con la Guerra Civil no declarada de las facciones partidistas de Liberales y Conservadores que ha 1950 “contabilizaba” mas de 300 mil muertos y la creación del Frente Nacional que generó el surgimiento de la guerra de guerrillas actual; transcurriendo la aciaga historia con el sangriento conflicto militar, político, económico y social durante la segunda mitad del siglo XX con el concurso de la insurgencia guerrillera armada contra la institucionalidad de la Republica; despegando el siglo XXI con el aditivo del conflicto narco paramilitar y los niveles de una guerra civil con repercusiones internacionales
El papel de las fuerzas miltares y de policia.
La Policía Nacional en la post guerra civil de los Mil días (1900 a 1903). La fracción ganadora en la confrontación fratricida, lo fue uno de los dos partidos santanderistas que han usurpado el poder político en Colombia: el partido conservador, que reinó hegemónicamente por treinta años. La Policía Nacional era esencialmente conservadora. Continúo siéndolo en el periodo de transición del otro partido santanderista: el liberal de 1930 a 1946. (Santanderistas en contraposición a Bolivarianos, desde aquel entonces). Ambos partidos zanjaron sus contradicciones frente al latifundio y el capitalismo desarrollista a sangre y fuego, en un periodo de la confrontación bipartidista conocido como el de la Violencia, en la que La Policía, fue un actor de primer plano. El magno crimen del caudillo popular Jorge Eliécer Gaitan, el 9 de abril de 1948, atizó la violencia bipartidista. Para entonces gobernaba el conservador Mariano Ospina Pérez, quien convirtió a La Policía, en policía política, identificada con el nombre de chulavitas, dedicada a asesinar y desplazar de sus tierras a los campesinos liberales. En el imaginario cundió el calificativo de chulavitas, como lo de ave rapaz.
Ese periodo conocido como el de la VIOLENCIA POLITICA, con mayor auge de 1948 a 1957, concluyó con un “Acuerdo nacional” propiciado por las elites de los dos partidos oligárquicos enfrentados por la distribución del poder: los ya nombrado Liberal y Conservador. El pacto se llamó del FRENTE NACIONAL y dio lugar a un plebiscito en el año de 1957, que lo aprobó. Por ese medio se repartieron el poder, milimétricamente, ambos partidos y excluyeron cualquier expresión de izquierda, socialista y comunista.
La imposibilidad de la participación ciudadana durante el periodo del Frente Nacional representó veinticinco años de la oposición de izquierda en la clandestinidad expresada en una “abstención combativa”. Por un lado las guerrillas y por el otro la oposición de las organizaciones sociales y populares en la lucha callejera y la abstención electoral. Solo dos expresiones políticas, de izquierda y disímiles, reflejo de la escisión del movimiento comunista internacional desde 1963: el Movimiento Obrero Independiente y Revolucionario (MOIR) y el Partido Comunista Colombiano (PCC), alentaban la participación electoral; en tanto que múltiples expresiones políticas, populares y de base obrera y campesina, militaban en la abstención activa. En los hechos de la práctica política colombiana de entonces, el discurso abstencionista era un discurso contra el Estado colombiano y no contra un gobierno de turno en particular. Esto cambió hacia la década de 1980, cuando la izquierda abstencionista rompió el cerco o aislamiento ante la demanda exigente de soluciones reales, verdaderas y prácticas, de las comunidades de influencia de su trabajo político. Surgen en Colombia, entonces, las organizaciones o partidos políticos UNION PATRIOTICA, A LUCHAR!, FRENTE POPULAR que muy pronto fueron calificadas por inteligencia militar como organizaciones políticas fachadas de las guerrillas y en aplicación a los métodos estatales antisubversivos, comenzó la orgía de sangre contra sus dirigentes produciendo el genocidio político más aberrante en la historia de la humanidad, similar a la tragedia de Indonesia, que trajo consigo la extinción del Partido Unión Patriótica; al consumarse el asesinato y desaparición de seis mil de sus dirigentes y más de cien mil militantes de izquierda desplazados, refugiados y en el exilio. Ese genocidio impune y aun sordo a la opinión política nacional e internacional desmoronó los cimientos de un Estado Nación en Colombia.
La etapa del paramilitarismo.
Los últimos treinta años de desarrollo del conflicto armado en Colombia está signado por la aplicación de la política contrainsurgente del fenómeno estructural del paramilitarismo. Se analiza como una política de Terrorismo de Estado aplicada en todo el territorio nacional colombiano.
El derrotero delictivo de La Policía y el ejército no ha tenido cesación de continuidad desde el siglo pasado en Colombia. Hoy están involucradas en las investigaciones, sentencias, condenas y sanciones por la macabra práctica contrainsurgente de los falsos positivos (disfrazar a civiles con atuendos guerrilleros para inflar las cifras de bajas y cobrar recompensas). En reciente informe la Fiscal gambiana Fatuo Bensouda, de la Corte Penal Internacional, registró que ese éxito militar de la fuerza pública colombiana se califica de crímenes de guerra y de lesa humanidad.
Esa etapa en el historial de la institución analizada, se conoce como la de contrainsurgencia nativa: la formación de pájaros y chulavitas, la politización de la policía para perseguir gaitanistas o “rojos”, comunistas y nueve abrileños, durante las décadas de 1940 y 1950. La contrainsurgencia nativa luego es aprovechada, por la extensión imperialista, como la de contrainsurgencia moderna, con ocasión de la Revolución Cubana.
Cuando la contrainsurgencia se convierte en una doctrina oficial de las Fuerzas Armadas y del Estado colombiano se erige en uno de los soportes del Terrorismo de Estado. Los antecedentes se ubican durante la hegemonía conservadora y explicada en la búsqueda de su génesis histórica en la violenta respuesta oficial al despertar de las ideas socialistas en Colombia con la Masacre de las Bananeras, de 1928 (rememorada por el Nobel Gabriel García Márquez) Desde entonces se exponen los múltiples impactos de la intervención de los Estados Unidos en el conflicto colombiano y los efectos de la contrainsurgencia y del terrorismo de Estado
En el 2013 informe del Cinep señalaba que durante ese lapso la Policía Nacional fue la responsable de 259 heridos, 189 detenciones, 81 amenazas, 27 torturas, 12 ejecuciones, 10 atentados y 1 un caso de violencia sexual. Respecto de los casos presentados entre julio y diciembre de 2013, que incluye lo ocurrido durante el paro agrario de agosto de 2013, el informe señala que hubo 579 hechos atribuidos a la Policía Nacional. El citado informe del Cinep es posterior al registro del paro Campesino del Catatumbo en que en la ciudad de Ocaña la Policía Nacional disparó directamente y parapetada contra los campesinos en el sector de Aguas Claras, documentado en demasía tanto a nivel nacional como internacional. En tanto, las fuentes de inteligencia de la Fuerza Pública, en maridaje con la dictadura mediática, emiten a los cuatro vientos, el respeto a la manifestación y protesta, para que puedan ejercer sus derechos de manera libre y pacífica.
Lo de hoy.
De referencia histórica corresponde recordar que en la ciudad de Oslo, el día 18 de octubre de 2012, comenzó una etapa de Diálogos Exploratorios, entre los delegados plenipotenciarios del Gobierno colombiano y los delegados plenipotenciarios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia- Ejército del Pueblo, FARC-EP, con el interés mutuo de poner fin al conflicto armado interno en ese país. Se concibió así La Mesa de La Habana, entre las contrapartes, que concluyo, cerca de cuatro años después, con la firma de un Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la firma de una Paz Estable y Duradera, firmado ante testigos y delegados de la República de Cuba y del Gobierno de Noruega, como países garantes; y en calidad de países acompañantes la República Bolivariana de Venezuela y la República de Chile; con la presencia del Secretario General de las Naciones Unidas, más de dieciséis presidentes, presentes en la ciudad de Cartagena de Indias, el día 26 de septiembre de 2016. Mismo que fue sometido a refrendación mediante un Plebiscito, llevado a cabo , en Colombia, el día 2 de octubre de 2106, y que trajo como resultado la NO aprobación del mencionado Acuerdo, por un escaso porcentaje de ganancia frente a los votos del SI. Cumpliéndose con esa expresión de mandato popular, los plenipotenciarios de ambas partes contratantes, llevaron a cabo la discusión de un NUEVO ACUERDO, que concluyó con su firma el 12 de noviembre de 2016, en la ciudad de La Habana, Cuba. Ello trae como resultado que el fin del conflicto armado con las Farc-ep, ha llegado a su fin. En el escenario de la lucha de clases en Colombia el fin del conflicto social, político, económico, ecológico, continúa; como también el conflicto con otras dos insurgencias: el Ejercito de Liberación Nacional (ELN) en el ámbito nacional, y con el Ejército Popular de Liberación (EPL) en un ámbito más regional: el del Catatumbo, limite Oriental de la frontera con la República Bolivariana de Venezuela.
Del acuerdo final para la terminaciòn del conflcito y la construcción de una paz estable y duradera.
Las Conversaciones de Paz en la Mesa de La Habana entre el gobierno de la República de Colombia y la Insurgencia de las Farc-ep, han logrado reafirmar lo comprometedor de los acuerdos alcanzados tras cuatro años de conversaciones; presentándonos un panorama consecuencial de un paisaje de reformas profundas y de fondo a abordarse por la nación colombiana.
El despeje del acuerdo
Los acuerdos logrados hasta la fecha: 1. Hacia una reforma Rural Integral, coincidiendo con un Nuevo Campo Colombiano. 2. La Participación política de la izquierda junto con la Apertura de una democratización de la práctica y contienda política en Colombia. 3. La búsqueda y logro a una solución al problema de las drogas ilícitas en el país. Se unen o confluyen al compromiso que satisfaga los derechos y garantías de reparación de las Víctimas; mediante la obtención de una fórmula de justicia que satisfaga el centro de interés de esas víctimas y por la construcción de una paz estable y duradera. Eso, así logrado, es lo que permite reafirmar en la obtención de un Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición. La contundencia política de esos logros genera la dinámica propia para el compromiso de la contraparte estatal colombiana en erradicar para siempre el fenómeno contrainsurgente del paramilitarismo; condición esencial para el compromiso de NO Repetición y de dejación de las armas, conforme al sentir insurgente. También porque a los Acuerdos logrados se suma la del compromiso en la creación de una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. 4º. Fin del conflicto: Acuerdo sobre cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo entre el GOBIERNO Nacional y ls Farc-ep.5º.Victimas del conflicto. Creación del 2Sistema Integral de Verdad, Justicia y reparación y No Repetición”, incluyendo Jurisdicción para la Paz y compromisos sobre Derechos Humanos. 6º.Implementación, verificación y refrendación.
Lo de refrendaciòn, implementacion, verificacion.
La obra de las Conversaciones y las Discusiones en la Mesa de La Habana, resultado del Encuentro Exploratorio que tuvo como sede La Habana, Cuba, en Febrero 23 de 2012 y luego desarrollado en La Mesa de La Habana, dispuso de diez reglas de funcionamiento, para su ejecución, entre las cuales está la categórica afirmación kantiana: “10. Las conversaciones se darán bajo el principio que nada está acordado hasta que todo esté acordado”. Ese proceso contó con altibajos. Aunque causó sobresalto, en su momento, la afirmación del Comandante Timochenko de ordenar una directriz para que los plenipotenciarios, de su parte, en La Habana, rindieran un Informe al pueblo colombiano sobre lo discutido en la Mesa; aunado al impulso por lo gubernamental de impulsar medidas contra el contenido de temas evacuados (caso de la expedición de la ley Zidres, sobre uso de baldíos); podemos asegurar que no se riñó con la confidencialidad de lo pactado. Pero quedaron sin sabores por la afrenta de la Alta Parte gubernamental, al no acatar un principio elemental en toda solución de un conflicto como fue la de impulsar un concebido plebiscito, como medio de refrendación, que no surgió del mutuo acuerdo entre las partes.
Valga destacar, por la brevedad de espacio, que los Mecanismos de Refrendación de los Acuerdos, constituyen puntos álgidos previos de participación o involucramiento, tanto de la comunidad internacional como de la nacional. Cito textual: “6. Implementación, verificación y refrendación
La firma del Acuerdo Final da inicio a la implementación de todos los puntos acordados.
-Destaquemos como Mecanismos de implementación y verificación:
“a. Sistema de implementación, dándole especial importancia a las regiones.
b. Comisiones de seguimiento y verificación.
c. Mecanismos de resolución de diferencias.
Estos mecanismos tendrán capacidad y poder de ejecución y estarán confirmadas por representante de las partes y de la sociedad según el caso.
- Acompañamiento internacional.
- Cronograma.
- Presupuesto.
- Herramienta de difusión y comunicación.
- Mecanismo de refrendación de los acuerdos.”
De tal manera, que al radicar el proyecto y tramite de ley en forma unilateral e inconsulta, el soberbio gobierno colombiano, desdeñó el buen trato a los soberanos países facilitadores de las Conversaciones, por decir lo menos.
Citando una primera refrendación tomada por el Gobierno colombiano y en la que la contraparte de las Farc-ep, no estuvo de acuerdo; siendo sometido su Aprobación a un plebiscito llevado a cabo el pasado 2 de octubre de 2016 y que trajo como resultado el triunfo del NO, liderado por las fuerza políticas de la extrema derecha militarista y oscurantista. A la fecha, se ha llegado a la firma de Un Nuevo cuerdo Definitivo entre la insurgencia de las Farc-ep y el Gobierno Nacional, que por decisión de este último será sometido a un mecanismo de Refrendación, consistente en su presentación ante el Congreso Nacional de la República de Colombia. Siendo la aspiración de los demócratas, la izquierda y revolucionarios en Colombia, que, como paso posterior, se implementen; tarea está, ardua por venir y que resumen en osado reto, que concebimos en la existencia de un Programa Mínimo a conquistar por parte del movimiento popular y de masas. Transformadas las condiciones para la participación política de la izquierda y en el fragor de la contienda política, no solo el partido político surgido por las Farc-ep ya desarmadas, sino los de la izquierda, contarán con programas propios de lucha en la conquista electoral.
A diferencia de la Agenda común acordada en San Vicente del Caguán, en los temas centrales de los Negociadores en Oslo, no se incluyó la discusión sobre el Modelo Económico imperante en el país que es el neoliberalismo, “ese modelo de explotación que ha condenado al país a la miseria, las privatizaciones y el saqueo de los mejores recursos de la Patria”. Tampoco a la revisión de la doctrina militar y la función de las fuerzas armadas, incluido el ejército colombiano, de clara tendencia intervencionista e injerencista en la región.
Del acuerdo sobre las victimas del conflicto: “Sistema integral de Verdad, Justicia, Reparaciòn y no Repeticiòn”, incluyendo la jurisdicciòn para la paz y compromisos sobre derechos humanos.
Respecto al Tema 5 del Acuerdo, sobre Las Victimas, está en el centro del acuerdo Gobierno Nacional – FARC-EP. En ese sentido se tratarán: - El tema de Resarcirlas. Derechos humanos de las víctimas y Verdad.
El tema crucial a ventilarse es el del Resarcimiento por la violación de los Derechos Humanos de las Víctimas y por el ocultamiento de la Verdad. No corresponde citar las fuentes de lo conocido y sabido. Más de cinco millones de desplazados como refugiados internos. Cien mil opositores políticos refugiados, exiliados o desterrados. Más de 9.500 presos políticos. Más de 57 mil desaparecidos. Entre 7 y 10 millones de hectáreas de tierra arrebatadas a los campesinos. Más de 4 mil militantes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista, asesinados. Más de 3 mil sindicalistas y una interminable lista de dirigentes políticos, populares y sociales asesinados, desaparecidos o expulsados de sus lugares de origen. 20 mil jóvenes combatientes, entre guerrilleros y soldados, muertos en la guerra.
Lo de lesa humanidad.
Todo delito clama justicia. Máxime estos que ofenden a la dignidad humana. Los delitos que las menoscaban. No se trata de enumerar un listado de repudiables acciones contra la sociedad civil. Mucho menos de individualizarlas, personalizarlas; como cuando de conformidad con el chocante estrato social de la víctima se asoma lo de ´lesa humanidad´. Tanto los crímenes de guerra, como los de lesa humanidad, comprenden amplio espectro. Independientemente que una fuerza insurgente no sea reconocida como beligerante, no la excluye de crímenes de guerra. Sucede en cambio que si es reconocida ha de responder a un escenario natural internacional. Igual tratamiento pesará en los delitos de lesa humanidad, de incumbencia a ambos actores armados del conflicto: los de las fuerzas regulares estatales y los de las fuerzas irregulares de la Insurgencia. Lo demás es delincuencia común, sin incurrir en simplismos.
De que comisión se trata

La insurgencia de las Farc-ep propuso al gobierno nacional, en La Mesa de Conversaciones de La Habana, que convoque a una Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, vislumbrando que en ella se esclarecerá cómo se dieron los hechos de violencia que han derivado en más de sesenta años de guerra o conflicto interno armado. Que un tema tan álgido como el de las Victimas, en La Mesa de Conversaciones ameritó abordarlo, estableciendo las responsabilidades históricas. Ese Punto 5 del tema de Conversiones, requirió de activo ingrediente que le de sabor, sentido y no deje soso, insulso, el tema de la discusión sobre las Victimas del conflicto. Que sería una discusión estéril y en el aire, que no conduciría a ninguna parte, y que al no establecerse, sobre el camino, el origen del conflicto y su verdad histórica, no podría concebirse el logro de la paz, ni el reconocimiento de las víctimas, como tampoco su reparación y el compromiso de “un nunca más”. 
Los plenipotenciarios del gobierno nacional, en La Habana, respondieron por entre las ramas, asegurando que la Comisión de la Verdad, en propuesta, seria acatada para después de la firma de un eventual acuerdo de paz. Esta presentación mecanicista y por ende huérfana de acertado análisis del momento político por el que se transitaba, dio lugar a que se destaque que en el fragor de exigencia de la participación popular ampliada sobre lo conversado en La Habana se ilustre sobre el carácter y contenido, no de una sino de tres Comisiones, indisolublemente ligadas entre sí: 1. La Comisión de la Verdad. 2. la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad. 3. la Comisión de la Memoria Histórica.
DEste noble encargo buscará aclarar lo sucedido durante el desarrollo de la confrontación armada. No parte de sus causas, motivos, orígenes. Busca iluminar, puesto que todo está oscuro. Aclarar el día de hoy. Al pretender establecer responsabilidades, ubica la participación de los actores. De ahí que su génesis parte de cómo se dieron los hechos: todos violadores de la vida y la dignidad humana. Abarca la categoría de la Verdad, como una necesidad de lo cierto. Confluye en lo que existe porque fue lo que fue. Aquí no se soportan evidencias; ni lo seguramente. Esta Comisión aplica sobre la sinceridad y la buena fe. Lo esencial de su importancia radica en documentar o alimentarse sobre la realidad de los hechos, de lo sucedido. Pasa de una identificación o premisa de la tipificación del hecho planteado (no investigado o así existiere sobre el mismo cosa juzgada) hurga sobre el mismo, en el ámbito del suceso. Sí busca una responsabilidad, puesto que existe autoría. Es en ésta Comisión donde actúan los actores del conflicto. No los factores. Actúa todo el que está obligado a responder por los actos. Puede conocerse a los responsables; pero ahí no concluye la acción. Al tener que acatar el llamamiento, responder, igual que corresponder. Es en esta noble labor donde se logra la respuesta; donde esa respuesta se satisface; a tal nivel de valoración que admite la réplica, la refutación. Todo para llegar al esclarecimiento. Aquí a nadie le es permitido escurrir el bulto. 
Al mencionar que esta Comisión es el escenario para la participación de los actores, hay que entender que lo es para todos. No hay que señalar con quien hay que comenzar: si con el Estado y su institucionalidad; si con el sector (res) insurgente (es). Todos: desde los gobernantes en sus niveles diferentes o jerarquías. Todas las ramas del poder público estatal. También los partidos políticos, hegemónicos o no; así como las organizaciones y movimientos políticos; al igual que las organizaciones sociales. No se trata de generalizar a toda una sociedad civil, es imperativo particularizarla. Los grupos económicos y organizaciones de presión económica. También los terratenientes, los casa-tenientes, los empresarios, los bananeros, los ganaderos, los profesionales, la iglesia, los grandes medios de comunicación y su papel en la dictadura mediática. Los militares, los paramilitares, la policía y demás fuerza pública; los guerrilleros y ex guerrilleros, los organismos de inteligencia, los Estados Unidos, y hasta la hipocresía y la indiferencia, de la política internacional de convivencia de los países vecinos en el prolongamiento de la horrible noche del conflicto colombiano. No puede quedar por fuera ningún instrumento de guerra, directo o indirecto que fue empleado. 
La Comisión del Esclarecimiento de la Verdad, resalta por su composición. No pasa por la mente de sus proponentes la conformación “a dedo”, con la designación de unos “notables”. Desnaturalizaría su esencia. Todos los representantes de los atrás mencionados deben llegar bajo la designación de sus interlocutores y voceros. Con el acometido de la sinceridad y la buena fe, estarán allí por decisión y voluntad política de lo que son, individualmente considerados y de lo que representan en ejercicio de un encargo: destapar como fue todo, desde lo más profundo. Sin tapujos, sin reservas mentales en búsqueda de conveniencias mezquinas, que impedirían el libre ejerció del esclarecimiento. Sobre la palestra existen puntos de partida para el esclarecimiento de la verdad: desde la Huelga Bananera de 1928. O que el periodo de estudio histórico de esa Comisión abarque desde la promulgación de la Ley 200 de 1936. O que se ubique desde el magnicidio de Jorge E. Gaitán. Lo cierto es que el papel de la institucionalidad estatal tiene que partir de la sinceridad, junto con el levantamiento de la información clasificada; sobre el efecto que el pasado no guarda “secreto de estado” alguno. De igual manera la consecuencia de la participación y actividad de la Insurgencia demanda la coercitiva participación ética en su desempeño. La historia de cada organización política; de cada organización insurgente; transita paralelamente con la historia del conflicto. Sin excepción, abarca ésta Comisión la identidad misma de sus componentes, en el sentido que quien allí llegue, no llega para controvertir, deliberar; llega es a esclarecer, dilucidar.
De la comision de la memoria historica.El encargo de esta significativa tarea, encaja en el reconocimiento de hechos y/o sucesos que signaron el sentimiento de la vida nacional. Al así reconocerse busca los alcances de la reparación moral. Esta Comisión es de naturaleza técnica. Su conformación proviene de la participación de entidades oficiales-estatales, junto con la connivencia de familiares de víctimas y en especial organizaciones representativas de ellas. Corresponde a lo foral, es decir, al desarrollo de un cuerpo de leyes o normativas. Destaca en ello la importancia de selección en el nombramiento de sus miembros y los estatutos para su funcionamiento, como cuerpo legal. En ella cabe el llamado a entidades académicas y profesionales. Ha de compartir un desempeño multidisciplinario, en cuanto al manejo de la información en el plano histórico propiamente dicho, la medicina forense, la arqueología, la antropología. 
La Memoria es el recuerdo para conservar lo adquirido. La función de esta Comisión apunta a lo doloroso de la conservación de cuanto dejaron las victimas al asesinarlas o desaparecerlas. Se parte de la reputación, de lo bueno, en particular; pero igualmente entrelazado en lo idiosincrático local. La memoria histórica asimila el impacto social causado. Por ello habla con fundamento y propone el resarcimiento del daño moral infringido y del interés difuso, colectivo, afectado, denigrado. 
Esta Comisión en lo teleológico no se constriñe a un paradigma de Historia Oficial o Verdad Oficial. Sobre el prurito de la imposibilidad de resarcir a todas la victimas en el tiempo; no se debe perder de vista la vehemencia que implica el que la víctima sea tenida en cuenta, escuchada y su voz conservada y hecha valer en las instancias. Por ejemplo, no se trata de llevar a los representantes de las Victima a hacer presencia en La Mesa de La Habana; como sí la dignificación de su memoria, en el logro de su reivindicación moral.
De la comision de la verdad.Este cometido es el de mayor relevancia en el derecho solidario e internacional. Significa que encaja dentro de los más utilizados en países afectados por un conflicto armado y con búsqueda a una salida alternativa que no sea la guerra. Persigue la búsqueda de la Verdad; es decir de lo cierto, lo que existe. Se vale o nutre de innumerables fuentes; pero es imparcial y esencialmente objetiva. La conforman personas ajenas al conflicto. Por lo general opera en una etapa post conflicto; con periodos determinados. Esta Comisión no es juez, ni parte; como tampoco justiciera o vengativa. Para esta Comisión lo violado es actual, no es pasado. Se nutre de la imparcialidad que fluye de instancias y documentos confiables, de dentro y fuera del país. En ella participan o la conforman convocados activistas sociales y defensores de los derechos humanos. Tienen en ellas fundamental asiento reconocidas organizaciones no gubernamentales. Por lo general funcionan bajo la égida de las Naciones Unidas o entes regionales en aplicación al derecho comunitario e internacional. Soporta la carga de un mandato específico para generar resultados; esclarecer hechos; señalar culpables. Destaca su importancia en ser vehículo de fórmulas reivindicativas y es esencial para fijar las pautas de un Nunca Más!. De la No repetición. No será cortesana para la verdad oficial. Su fin es ajustar en el solio la verdad verdadera. 
Las tres Comisiones analizadas se encuentran indisolublemente ligadas en el entorno de la solución política al conflicto armado interno colombiano. No desplazan ni a la justicia, ni a la historia, sino que sacan del limbo lo más atroz de ese pasaje de nuestra historia nacional. En cada uno de los escenarios planteados se expresa lo dicho, lo buscado y alcanzado, sin efectos penales; pero sí morales. Diseccionadas las llamadas políticas y delitos de estado, también se coloca, clínicamente hablando, al accionar ilegal insurgente junto a la conexidad política de sus delitos. Algo así como cuénteme la verdad; cómo y porqué se actuó; cómo se escogieron y/o seleccionaron las víctimas no en búsqueda de la verdad parcial, sino de la Verdad única. La única manera de superar “la solidaridad de cuerpo” tanto de las fuerzas estatales como de los elementos insurgentes; es llegando a la verdad del conflicto. En eso podríamos concretar los efectos de las Comisiones analizadas.
Explicacion metodologica.Como se desprende del vasto cuerpo normativo del Acuerdo Final, hemos diseccionado los temas de contenido del Acuerdo; correspondiendo el mismo, en detenimiento, a diferentes disciplinas, de tratarse puntualmente. Dado el escenario calificado de Juristas presentes en esta Conferencia Continental, trataremos el resto de la exposición en la explicación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR); deteniéndonos en el desarrollo de la Jurisdicción Especial par La Paz.(JEP). Para lo cual transcribiremos textualmente del documento contentivo ya firmado como Acuerdo definitivo entre las Altas Partes. Cumplimos así con la explicación fidedigna para la ilustración de esos temas.

En el Acuerdo Sobre Víctimas. Punto 5: “. El Sistema Integral está compuesto por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado; la Jurisdicción Especial para la Paz; las Medidas de reparación integral para la construcción de la paz; y las Garantías de No Repetición.
De la jurisdiccion para la paz. Principios basicos del componente de una justicia transicional.
Concepto de justicia transicional.
Por tal se entiende un conjunto de medidas judiciales y políticas ante los sucesos en un país en que la violación a los derechos humanos ha sido sistemática y en los que como resultado de un conflicto armado interno, aplica la vocación universal por la búsqueda de la paz y la solución política de ese conflicto.
Conformacion de jurisdicciones o sitemas juridicos especiales.Entre esas medidas a aplicar figuran las acciones penales, comisiones de la verdad y teniendo como centro principal la atención a las víctimas, buscar su reparación. Se denomina Transicional, puesto que aplica en una situación o estado intermedio de un estado de cosas, entre uno antiguo y otro al que se llega tras un cambio. Al aplicarse no es que sustituya una institucionalidad de Justicia dada, sin que en desarrollo de una función jurisdiccional de administración de Justicia, contribuye, como vehículo eficaz a proporcionar a las víctimas el reconocimiento de sus derechos; lograr la rendición de cuentas fomentando la confianza ciudadana. Por ende la Justicia transicional opera en un Estado de Derecho. Para algunos se h convertido en una Justicia de aplicación permanente y no de etapas de transición, en lo denominado como Jurisdicción Especia, con legislación propia, en ceda país.
reconociemento por el derecho internacional de los derechos humanos. La importancia de la Justicia Transicional destaca en que al darse violaciones masivas de los derechos humanos las víctimas logran el derecho al castigo de sus victimarios, a saber la Verdad y a recibir reparaciones. Es una Justicia Prospectiva. Asegurando tanto las víctimas como la sociedad (Estado) que esas situaciones o hechos NO se vuelvan a repetir.
El otorgamiento de amnistía a los rebeldes a la terminación del conflicto.Puesto que se trata de termina un conflicto, se comienza por el reconocimiento de la existencia del mismo a la luz del derecho internacional de los derechos humanos. Es el reconocimiento del conflicto y por ende el de rebelde con su estatus político. Y un rebelde erigido en armas y demás no vencido, no se entrega para ser encarcelado. Por ello el sistema integral fundamenta el otorgamiento de Amnistías y las garantías de implementación.
Garantia del estado a la autonomia administrativa y suficiencia de autonomia presupuestal de la justicia transicional.Corresponde a los estados atender los derechos de las víctimas, preservarlos y obtener el reconocimiento de los mismos. Por ser el medio idóneo y adecuado conforme la confrontación colombina y la búsqueda y logro para la superación de la misma, en el entendido que la paz es un supremo derecho universal y corresponde a los estados para conservación y consecución de la misma. La comunidad internacional también aportará en esa autonomía administrativa y presupuestal sin que sea tildado de injerencia alguna en los destinos de una nación como la colombiana.
En resumen, las diferentes medidas y mecanismos del Sistema Integral deben contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos: 
Satisfacción de los derechos de las víctimas. Rendición de cuentas. No Repetición. Enfoque territorial, diferencial y de género. Seguridad Jurídica, con garantías de debido proceso. Convivencia y Reconciliación, en el seno de la sociedad. Legitimidad. Incluido el cumplimiento de lo pactado.
Componentes del sistema integral de verdad justicia reparacion y no repeticion.
  1. COMISION PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD, LA CONVIVENCIA Y LA NO REPETICION. Será un órgano de carácter extrajudicial y sus integrantes son Comisionados.
  2. UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONA DADAS POR DESAPARECIDAS EN EL CONTEXTO Y EN RAZÒN DEL CONFLICTO ARMADO. Será de carácter extrajudicial y no impedirá ni sustituirá a los entes del Estado encargados de investigar. La UBPD hace parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición y desarrollará sus funciones en el marco de eses sistema.
  3. JURISDICCION EPECIAL PARA LA PAZ. Comprende las medidas para la no impunidad, mediante todo un órgano explicado, para la reparación integral de las víctimas y en el marco de los acuerdos.
  4. MEDIDAS DE REPARACION INTEGRAL PARA LA CONSTRUCCION DE LA PAZ. Incluidos derechos, indemnizaciones, satisfacciones, no repetición.
  5. GARANTIAS DE NO REPETICION. Lo coordinado con la implementación a la terminación del conflicto.
De la jurisdiccion especial de paz.
Conforme a la metodología aplicada y explicada anteriormente, nos detendremos en este capítulo, así:
En el componente de Administración de Justicia y en el efecto primordial de la verdad y las Victimas se desarrollaran dos procedimientos esenciales: 1. Cuando existe reconocimiento de Verdad y reconocimiento de responsabilidad. 2. Cuando NO existe reconocimiento de Verdad y de responsabilidad.
Organos que componen la jurisdicción especial de paz.
  1. Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de determinación de los Hechos y Conductas.
  2. Tribunal para la Paz.
  3. Sala de Amnistía o de Indulto.
  4. Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para los casos diferentes a los numerales anteriores o en otros supuestos no previstos.
  5. Unidad de Investigación y Acusación para satisfacer el derecho delas Victimas a la Justicia (16 Fiscales nacionales y hasta 5 suplentes).
La Jurisdicción Especial de Paz tendrá treinta y ocho (38) Magistrados colombianos y diez (10) juristas extranjeros Amicus Curiae. Podrá tener hasta trece (13) Magistrados suplentes y diez (10) juristas extranjeros. Los Magistrados no tendrán requisitos de carrera ni límite de edad.
Del tribunal para la paz
Naturaleza y funciones como órgano de cierre de la Jurisdicción Especial de Paz.
El Tribunal para la Paz tendrá distintas Secciones. ASÍ: 
  1. Una Sección en caso de reconocimiento de Verdad y Responsabilidad. Proferirá sentencias en primera instancia.
  2. Una Sección en caso de NO reconocimiento de Verdad y Responsabilidad. Actuará como sede de instancia contenciosa en juicio contradictorio. Proferirá sentencias y si condena impondrá sanciones ordinarias o alternativas, como corresponda.
  3. Sección de Revisión de sentencias. Por petición del condenado o a solicitud de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
Este Tribunal contará con dos Salas de Justicia, que serán de juzgamiento y de sentencias. Tendrá también una Sección de Apelaciones para decidir las impugnaciones a las sentencias proferidas.
La sentencia en firme que profiera el Tribunal para la Paz se remitirá a la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad Convivencia y No Repetición. Da trámite a cosa juzgada.
A solicitud de la Sala de Definiciones Jurídicas, las condenas impuestas por la Justicia, irán a la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz. 
La Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, podrá: 1. A solicitud de la Sala de Definiciones de Situaciones Jurídicas, las sentencias de condena impuestas por la Justicia serán remitidas a la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, para que decidan si se ajustan, por ejemplo, a la lista de sanciones, la responsabilidad y vigencia de la Verdad. 2. También a solicitud de un condenado, revisará las sentencias proferidas por la Justicia con ocasión del conflicto o la protesta social. Los jueces comunes no tendrán responsabilidad alguna por las sentencias proferidas. La Corte Suprema de Justicia será la competente para revisar las sentencias que haya proferido.
La Habana, Cuba, 23 de noviembre de 2016.
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